Voz escrita de San Francisco y el Nordeste, No. 443,
Edición 2
de junio del 2006, Rep. Dom.

Inmigración al día

Por Dra. Agueda Vargas

Pregunta: Tengo un novio norteamericano y me quiere pedir. ¿Qué debo hacer? María López, El Ciruelillo, San Francisco de Macorís.

Respuesta: Lo primero que debes hacer es buscar asesoramiento legal y el novio (a) norteamericano (a) debe llenar un formulario de petición (1-129F) el cual debe depositar en el servicio de inmigración más cercano a su localidad y luego de su aprobación será enviada al país correspondiente para su proceso. Esta visa provisional le va a permitir entrar a los Estados Unidos y completar el proceso de residencia permanente. Si el beneficiario tiene hijos debe incluirlos en la petición.

Pregunta: Mi esposo se casó conmigo hace tres (3) años y no ha sometido los papeles todavía. ¿Qué tiene que hacer para pedirme a mí y a sus tres (3) hijos? La solitaria, Tenares.

Respuesta: Todo peticionario (ciudadano o residente) debe llenar una petición (I-130) a su familiar inmediato y depositar la misma en Homeland Security Department (otrora llamado Servicio de Inmigración y Naturalización). Después de ser aprobada, esta solicitud es enviada al Nacional Visa Center (NVC) en Portsmouth, NH, para su procesamiento. El NVC se encarga de procesar, adjudicar y entrar la información en la computadora la cual luego será transferida a los distintos países para su procesamiento final.

Pregunta: ¿Qué es una visa de residencia?
Respuesta: Una visa de residencia es un documento emitido por un oficial consular de los Estados Unidos en el exterior que le permite viajar a los Estados Unidos y solicitar admisión como residente legal permanente (LPR). Un inspector de inmigración de Aduanas y Protección de Fronteras del Departamento de Seguridad Nacional tomará la decisión final acerca de su admisión como LPR, permitiéndole esta categoría vivir, trabajar legalmente y de manera permanente en los Estados Unidos.

Pregunta: He llamado al Consulado Americano en varias ocasiones y me han preguntado siempre que cuál es mi fecha de prioridad. ¿Qué significa eso? José Pérez, Moca.

Respuesta: La fecha de prioridad, en el caso de las peticiones de visa de inmigrante en base a una relación familiar, es la fecha en que su petición fue sometida (no la fecha en que fue aprobada). La fecha de prioridad en los casos de preferencia es muy importante, ya que la Ley limita el número de visas de preferencia disponibles cada año.

En la actualidad hay más personas solicitando visas que número de visas disponibles. Su fecha de prioridad, junto con la categoría de su visa y su nacionalidad, determinan si un número de visa está disponible o si tiene que esperar.

Cualquier comentario o pregunta dirigirla a: aguvarher@hotmail.com

Para citas llamar al Tel.: (809) 588-3425 Dirección: Calle Colón #50, San Francisco de Macorís.

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