Voz escrita de San Francisco y el Nordeste,
Lunes 01, de diciembre del 2008

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Inmigración al día

Consultas de casos de petición y derecho a Residencia en E.U.

“La gloria es un veneno que hay que tomar en pequeñas dosis”  (Honoré de Balzac)

 PREGUNTA: Me fui con una visa de turista y me casé en New York con un ciudadano. Tengo la residencia provisional.  Yo tengo una hija de mi matrimonio anterior y mi esposo actual  pidió a mi hija y cuando fué mi esposo a la entrevista dudaron de mi relación y no le dieron la visa a mi niña porque en los papeles mi esposo tenía dos direcciones distintas, ahora ellos piensan que el matrimonio no es verdadero.  ¿Qué debo hacer? Ivette Gutiérrez, New York.

 RESPUESTA: Debes de probarles al Consulado que tu matrimonio es de buena fe.  Suminístrales todas las pruebas que tú hayas podido acumular como son facturas de teléfonos, seguro médico en conjunto, tarjetas de créditos, fotos, contrato de apartamento, cuentas bancarias, factura de gas, income tax de este año llenando como pareja, en fin todas las pruebas que una relación de hecho generalmente tiene.  Exitos.

 PREGUNTA: Yo recibo beneficios del Seguro Social.   Me llegaron unos papeles del IRS y un amigo me dijo que el gobierno iba  a dar un dinero. ¿Es verdad doctora? Angel Ibáñez. Ciudad

 RESPUESTA: Si es cierto fue aprobada un incentivo de US$300.00.  Debe de llenar el formulario que le enviaron 1040A y devolverlo con su firma o puede también llenarlo por correo electrónico.  Si tiene hijo que dependan de usted le dan la suma de UD$300.00 extra.

PREGUNTA: Soy americano y se me perdió mi pasaporte.  Estoy muy nervioso no se que hacer.  Ayúdeme tengo 74 años y no quiero perder mis papeles.  Luís Pérez. Tenares.

 RESPUESTA: Debe de reportarlo a la policía y explicarle como  se le perdió su pasaporte.  Usted  llama al Consulado y hace una cita y el día de la entrevista debe suminístrele la mayor cantidad de pruebas posibles, es decir, si tiene copia de su pasaporte, copia de su ciudadanía y la certificación de la policía.

PREGUNTA: Estoy casada con un ciudadano norteamericano, he solicitado visa de paseo en dos ocasiones y me la han negado por el hecho de que mi esposo es ciudadano.  Nosotros calificamos ya que somos propietarios de una mueblería y tenemos dos hijas de matrimonio, vehículos, bienes inmuebles, yo no se que mas llevar para que esta gente me visen. Que usted me puede aconsejar.  Yomary Peña.  Santiago.

 RESPUESTA: El consulado parte del principio de que tú calificas para que tu esposo llene un formulario de petición a tu favor, cosa ésta que yo no comparto porque ustedes son libres para vivir donde les plazca.  Ahora bien, ellos son los que tienen el sartén por el mango.  Cuando vuelvas a buscar visa diles que a ustedes no les interesa vivir en Estados Unidos y  que sólo te interesa una visa de paseo para ir con  la familia completa de paseo y así poder visitar toda la familia que tu esposo y tus hijas tienen en los Estados Unidos. 

 PREGUNTA: Mi esposo me pidió y yo quiero saber porque todos los papeles les llegan a él y a mi no me llega nada.  A veces creo que él no me ha pedido.  Maritza Abreu.  Cotuí.

 RESPUESTA: El primer documento que tu esposo va a recibir es el acuse de recibo, luego la aprobación del caso y así le seguirán llegando cartas solicitándoles documentos o formularios que deben ser llenados  y devueltos.  Cuando el proceso va adelantado el Centro Nacional de Visa le envía un formulario al beneficiario (a) en este caso a usted, para que elija a que dirección  quiere usted que los próximos documentos  lleguen.  Si usted elige  su dirección toda la documentación posterior le va a llegar a usted y también al peticionario es decir a su esposo.  Para que salga de dudas pídale a su esposo que le envíe por fax toda la documentación que él ha recibido de su caso del departamento de inmigración.

 PREGUNTA: Estoy viviendo aquí en mi país y quiero hacerme ciudadana norteamericana ¿Que debe hacer?  Luisa López.  Santo Domingo

RESPUESTA: Tiene que llenar una serie de requisitos para poder calificar.  Debe de  tener presencia física en territorio norteamericano por lo menos treinta  (30) meses de los últimos cinco (5) años.  Además, debe de pagar tus impuestos, prepararte para coger el examen   en ingles, y suministrarles todo el historial tuyo, ya que el departamento de inmigración esta cada día más exigente para poder el inmigrante calificar y  convertirse en  ciudadano norteamericano.

 “La venganza es solamente el placer de las almas pequeñas” (Juvenal).
  Doctora Agueda Vargas. Para consultas llamar al (809) 588-3425.  Pueden enviar sus preguntas a: aguvarher@hotmail.com.