¿Si presento una carta de renuncia debo motivarla?
La legislación laboral no exige que una carta de renuncia sea motivada, es decir, no es obligatorio que expliques las razones por las que renuncias a tu empleo.Según el Código de Trabajo (Ley 16-92), un trabajador puede presentar su renuncia voluntaria en cualquier momento, siempre y cuando cumpla con el preaviso correspondiente, si aplica.
El preaviso (Art. 75 Código de Trabajo) es el tiempo que debes informar a tu empleador antes de dejar el puesto, y varía según el tiempo que hayas trabajado en la empresa:
- Regla aplicable al preaviso (Articulo 76 Código de Trabajo).
- Menos de 3 meses: no es necesario un preaviso.
- Entre 3 meses y 6 meses: preaviso de 7 días.
- Entre 6 meses y 1 año: preaviso de 14 días.
- Más de 1 año: preaviso de 28 días.
Indemnización en caso de omisión del preaviso (Art. 79 del Código de Trabajo):
Si no se cumple con el preaviso, el empleador puede descontar la cantidad correspondiente del salario o de otros beneficios que el empleado pueda tener pendientes.
En resumen, no estás obligado a motivar tu carta de renuncia, pero sí debes cumplir con el preaviso si es necesario, salvo que ambas partes acuerden lo contrario.