El Tribunal Superior Administrativo emitió tres sentencias a favor de Pro Consumidor al rechazar igual número de medidas cautelares interpuestas por envasadoras de Gas Licuado de Petróleo que se resistían a pagar las multas administrativas impuestas por violación a la Ley 358-05.
Las plantas sancionadas por la venta irregular de Gas Licuado de Petróleo Gas Antillano, Industria Rodríguez y la envasadora One Gas, multadas con cien salarios mínimos del sector público, cada una, equivalentes a 511 mil 750 pesos.
La magistrada Delfina Amparo de León Salazar, rechazó la solicitud de imposición de medida cautelar a la institución defensora de los consumidores.
Las tres plantas envasadoras fueron multadas luego que Pro Consumidor detectara irregularidades en la venta de GLP a los usuarios por lo que deberán pagar a la entidad defensora de los consumidores un millón 535 mil 250 pesos.
“Rechaza en cuanto al fondo la adopción de medida cautelar interpuesta por gas Antillano, Industria Rodríguez y One Gas”, precisan las sentencias favorables.
Con esa decisión asciende a nueve las ganancias de causa de dieciséis envasadoras que fueron multadas y recurrieron por ante el Tribunal Superior Administrativo para evadir el pago.
De las nueve plantas que el tribunal falló en su contra tras comprobar que Pro Consumidor cumplió con el debido proceso y que está facultado para la imposición de multas, ya han pagado Crédigas, Asogas, Galán y La Moderna.