
El Oficial Consular en el puerto de entrada o control migratorio (CBP) en los Estados Unidos es el que le va a permitir o le va a negar la entrada por los diferentes puertos de ingreso al país.
Al ingresar a Estados Unidos, un oficial de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP, sigla en inglés) revisará su pasaporte y generará un comprobante electrónico de entrada .
El oficial pondrá un sello en su documento que indica la fecha de admisión, tipo de admisión y la fecha hasta la que puede permanecer en Estados Unidos.
El oficial de migración puede preguntar lo que estime conveniente. Una de las preguntas más comunes es saber cuál es la razón de la visita a Estados Unidos.
La respuesta debe ser acorde con el tipo de visa o documento con el que se solicita el ingreso a EE.UU. Si tiene una de turista B1/B2 o una autorización conocida como ESTA, la respuesta es turismo, negocio o atención médica. Bajo ningún concepto puede contestar que la intención es buscar trabajo o contraer matrimonio.
Otra pregunta frecuente es dónde se va a alojarse.
Se puede llevar impreso el nombre y dirección del hotel si ese será su alojamiento, si es donde un familiar el nombre y dirección de su residencia.
Una pregunta que nunca falta es a quién va a visitar, y cuánto durará su estadía.
Si ingresa con una visa, es posible pedir una extensión o cambio de visa, si se cumplen todos los requisitos.
Por el contrario, si se tiene una ESTA, se tiene que salir del país antes de los 90 días y no es posible, bajo ninguna circunstancia, ampliar ese plazo.
Otra pregunta es cuánto dinero trae y si se tiene algo que declarar.
Se trata de no exceder el máximo legal sin declarar y también de asegurar de que no se va ser una carga para el gobierno de los Estados Unidos.
No hay que llevar mucho dinero en efectivo, ya que se pueden llevar tarjetas de débito o/y crédito.
Otra pregunta frecuente es en qué trabaja o qué estudia.
Responder lo mismo que se ha dicho al solicitar la visa.
Derechos en el control migratorio de EE.UU. En los puertos de entrada, conocidos en inglés como POE y que puede ser un aeropuerto, un puerto marítimo o una frontera terrestre, hay que pasar dos controles, primero el migratorio y luego el aduanero.
En los POE, que tienen todos consideración de frontera, no está permitida la asistencia legal de abogados, lo cierto es que no aplican las protecciones de la Constitución.
Por lo tanto, si así lo consideran necesario, los oficiales de la CBP pueden tener acceso a nuestros teléfonos, cámaras, computadoras y otro material digital.
Sea prudente y siempre diga la verdad en el Puerto de Entrada a los Estados Unidos.
“No juzgues cada día por la cosecha que recoges, sino por las semillas que plantas”.
Robert Louis Stevenson Dra. Agueda Vargas. Calle José Reyes No.29 casi Esquina Frank Grullon, San Francisco de Macorís. Para citas 809 588-3425. Email:migracionaldia2011@hotmail.com. You toube: migración al día.
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