Numerosos acuerdos y diferentes convenciones se han realizado ante la necesidad de humanizar los recintos carcelarios y dotarlos de sistemas que contribuyan a reinsertar y reeducar a las personas privadas de libertad.
A pesar de que muchos países abogan y unen esfuerzos por reformar su sistema carcelario, aún persisten esos yerros enormes de “tratos infrahumanos”, la República Dominicana no está exenta de esta realidad.
Cuando nos referimos a Sistema Penitenciario se refiere al conjunto de normas, principios, pautas legales y reglamentarias, preceptos; conjuntamente con una serie de prácticas, comportamientos y actitudes que deben propender a la humanización de los recintos carcelarios mientras son cumplidas las penas privativas de libertad, tal como lo establece Héctor Cabral (1992) en las “Reflexiones Penitenciarias”.
En la República Dominicana hace poco tiempo no se podía hablar de un sistema penitenciario y mucho menos de procedencia dominicana, es con el Reglamento 7083 que se organiza en cierta medida a las cárceles dominicanas y se sientan las bases para una organización algo aceptable, no obstante, persistía el interés de crear un sistema moderno acorde con los nuevos conceptos de penología para una humanización real de nuestras cárceles y la erradicación total de los tratos infrahumanos.
Es con la Ley 224 sobre Régimen Penitenciario que finalmente se establece de manera clara las normas y principios, la misma postula que el Estado con la aplicación de las penas privativas de libertad del individuo, debe procurar retornarlo a la sociedad como ente capaz de cumplir con la Ley, de modo, que la organización de los recintos carcelarios debe adecuarse a las necesidades básicas conforme a las debidas condiciones de conservación de la salud física y mental del recluso.
Sin embargo, nuestro sistema penitenciario tiene dos caras, por un lado tenemos el sistema carcelario tradicional aplicado en gran parte en los recintos carcelarios de nuestro país carente de un tratamiento efectivo, la persistencia de las condiciones aberrantes, hacinamiento, negocios ilícitos, que imposibilitan la reeducación ,rehabilitación y reinserción de los reclusos a la sociedad.
La otra cara opuesta, presentada “con bombos y platillos” resalta las bonanzas de los recintos pertenecientes al llamado “Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria” basado en el tratamiento adecuado, labores productivas, en la construcción de nuevas plantas físicas, adecuación de las mismas, modernidad, respetuoso de los derechos de los internos y seguridad reformada, en fin una revolución moral para la reinserción a la sociedad.
Sin embargo, el hecho ocurrido el pasado fin de semana en la Fortaleza Duarte, de San Francisco de Macorís, donde fue ultimado de siete disparos el recluso Fausto Francisco Capellán Guillen y por cuyo caso se manejan varias hipótesis, todas relacionadas con hechos ilícitos dentro del recinto, ponen en evidencia el deterioro progresivo de un sistema obsoleto pero ante todo corrompido y permeado por la corrupción.
Son las dos caras contradictorias del sistema penitenciario, se hace urgente seguir insistiendo y hacer cuanto sea necesario para erradicar el sistema tradicional y dar paso absoluto al Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria.











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