La mayoría de los grandes proyectos de infraestructura fracasan antes de que empiece la construcción. No por falta de capital ni por ausencia de tecnología. Fracasan en la fase de estructuración: cuando los contratos no soportan el escrutinio de los bancos internacionales, cuando la arquitectura jurídica no resiste una auditoría de riesgos, o cuando los acuerdos entre partes no tienen la solidez suficiente para sostener una inversión de largo plazo. Manzanillo Power Land nunca fracasó y esa parte de esa historia me corresponde contarla.
El punto de partida: la concesión ante la CNE
Todo proyecto de generación eléctrica en República Dominicana requiere una concesión otorgada por la Comisión Nacional de Energía (CNE), autoridad reguladora del sector eléctrico. Ese proceso no es un trámite administrativo menor: implica la presentación de estudios técnicos, ambientales, económicos y financieros que acrediten la viabilidad real del proyecto. En el caso de Manzanillo Power Land, el proceso fue riguroso, extendido y necesario. Una concesión de la CNE no se otorga por voluntad política: se obtiene con documentación.
El proceso ante la CNE fue uno de los primeros frentes que me correspondió estructurar como abogado del proyecto. Cada pieza jurídica que se presenta ante un regulador tiene consecuencias: define los límites del proyecto, establece obligaciones y sienta las bases para todo lo que viene después.
El contrato con ETED y los 128 kilómetros de servidumbre de paso
Una central de 414 MW no sirve de nada si no puede conectarse a la red de transmisión nacional. El contrato con la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) para la conexión de la planta al sistema de alta tensión fue una de las piezas más complejas de la estructuración del proyecto.
Este contempló el desarrollo de la línea de transmisión que conecta Manzanillo Power Land con el sistema nacional a través de la subestación El Naranjo en Santiago y tiene 128 kilómetros de longitud, atraviesando múltiples provincias y demarcaciones administrativas en su ruta. Eso significó gestionar derechos de servidumbre de paso sobre propiedades privadas y terrenos en diversas jurisdicciones, coordinando con propietarios, municipios y entidades del Estado. Es derecho inmobiliario aplicado a gran escala, con plazos que no admiten demoras y con consecuencias directas sobre el cronograma de toda la inversión.
El PPA: el contrato que le da sostenibilidad económica al proyecto
El Power Purchase Agreement (PPA) con el Estado dominicano es el contrato que garantiza la viabilidad económica de largo plazo del proyecto. Un PPA bien estructurado define los términos bajo los cuales el generador vende energía al sistema, las condiciones de pago, los mecanismos de ajuste y los remedios ante incumplimientos. Es el documento que los bancos internacionales analizan con mayor detenimiento antes de comprometer financiamiento.
Estructurar un PPA que sea financiable —es decir, que convenza a once bancos internacionales de que el flujo de caja del proyecto es predecible y sostenible— requiere un nivel de precisión contractual que va mucho más allá del derecho energético estándar. Cada cláusula tiene implicaciones financieras. Cada ambigüedad tiene un costo.
Shell, operadores internacionales y la arquitectura de suministro
El acuerdo con Shell para el abastecimiento de gas natural fue otro componente crítico de la estructuración. El gas natural es el combustible de la planta, y asegurar su suministro de manera confiable, a precios predecibles y bajo condiciones contractuales que resistan el análisis de los bancos y las fluctuaciones del mercado, requiere una negociación de largo aliento con un actor global que tiene sus propios estándares jurídicos y comerciales.
A este acuerdo se suman los contratos con Lindsayca y EthosEnergy para la construcción, desarrollo, operación y mantenimiento técnico de la instalación. Cada uno de estos acuerdos debió integrarse en una arquitectura contractual coherente, donde los riesgos de cada parte estuvieran claramente asignados y donde el conjunto del sistema legal del proyecto fuera consistente desde el punto de vista de los financiadores.
Lo que este proceso enseña sobre el derecho corporativo en proyectos de infraestructura
La estructuración jurídica de Manzanillo Power Land fue, en muchos sentidos, uno de los proyectos más exigentes de mi carrera como abogado corporativo. No porque los problemas fueran insolubles, sino porque la escala del error posible era enorme.
Lo que aprendí de ese proceso es que el derecho corporativo aplicado a grandes proyectos de infraestructura no es una disciplina auxiliar, sino constitutiva. No acompaña al proyecto: lo hace posible.
Manzanillo Power Land demuestra que República Dominicana tiene la capacidad legal, técnica y empresarial para estructurar proyectos de clase mundial. Esa capacidad no vino de afuera: se construyó aquí, con talento dominicano en un contexto que promueve el desarrollo, premia la preparación y facilita el éxito.
Guillermo Estrella Ramia es socio gerente de Estrella & Tupete, donde dirige la visión estratégica y la ejecución de la firma, e impulsa iniciativas que refuerzan su desarrollo empresarial, la colaboración y la excelencia profesional. Con más de 20 años de experiencia en estructuración de proyectos de infraestructura y energía, ha participado en calidad de socio y estructurador de Manzanillo Power Land.











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