SANTO DOMINGO, República Dominicana. – El licenciado Eléxido Paula Liranzo, presidente ad vitam del Partido Humanista Dominicano (PHD), afirmó que el denominado «Programa de Verificación del Padrón de Delegados», anunciado por Ramón Emilio Goris, carece de sustento jurídico por ser incompatible con la Sentencia TSE-0009-2026, la Ley núm. 33-18, los Estatutos del Partido y la Resolución CEN-001-2025.
Paula Liranzo ofreció estas declaraciones junto al ingeniero Julián Burgos, secretario nacional de Organización del PHD, al señalar que el mecanismo propuesto reproduce aspectos ya analizados por el Tribunal Superior Electoral (TSE) al anular la VII Convención Nacional Ordinaria.
Observaciones mantienen vigencia
Los dirigentes explicaron que, aunque el programa finalmente no fue ejecutado, las observaciones jurídicas continúan plenamente vigentes y deberán ser tomadas en cuenta en cualquier actuación relacionada con la conformación, verificación o depuración del Padrón Oficial de Delegados.
En ese sentido, sostuvieron que todo procedimiento deberá realizarse con estricto apego a la Constitución de la República, la Ley núm. 33-18, los Estatutos del Partido Humanista Dominicano, la Resolución CEN-001-2025 y la Sentencia TSE-0009-2026.
Alcance de la sentencia
Paula Liranzo recordó que el Tribunal Superior Electoral anuló en todas sus partes la VII Convención Nacional Ordinaria tras determinar que el mecanismo de verificación del padrón no fue aprobado válidamente por el Comité Ejecutivo Nacional (CEN).
Asimismo, indicó que la sentencia estableció que diversas actuaciones relacionadas con la conformación y verificación del padrón se realizaron al margen de las competencias previstas en los estatutos partidarios.
Añadió que el tribunal también precisó que las atribuciones del presidente del partido no incluyen asumir funciones propias de la Secretaría Nacional de Organización, ni ejercer competencias reservadas por la ley y los estatutos a ese órgano.
De igual manera, afirmó que el artículo 32 de la Ley núm. 33-18 no otorga a la Comisión Nacional Electoral facultades para elaborar, verificar o depurar el Padrón Oficial de Delegados.
Procedimiento para la nueva convención
El presidente ad vitam del PHD explicó que, una vez sea convocada oficialmente la nueva VII Convención Nacional Ordinaria, corresponderá a la Secretaría Nacional de Organización realizar la depuración del padrón previamente depositado ante la Junta Central Electoral (JCE).
Indicó que, concluido ese proceso, el padrón depurado será remitido a la Comisión Nacional Electoral para el ejercicio de las atribuciones que le corresponden dentro del proceso electoral interno y, posteriormente, será depositado formalmente ante la JCE por la Secretaría Nacional de Organización, acompañada por dicha comisión.
Restablecimiento institucional
Paula Liranzo recordó que el período ordinario de las actuales autoridades partidarias ya concluyó, por lo que la nueva convención ordenada por el Tribunal Superior Electoral permitirá elegir nuevas autoridades y restablecer plenamente la institucionalidad del Partido Humanista Dominicano.
«Cumplir la Sentencia TSE-0009-2026 no es solo una obligación jurídica; es la mejor garantía para que la voluntad de los delegados se exprese en una convención legítima, transparente y plenamente válida», expresó Eléxido Paula Liranzo.
Los dirigentes señalaron que sus planteamientos se sustentan en la Sentencia TSE-0009-2026, la Constitución de la República Dominicana, la Ley núm. 33-18, los Estatutos del Partido Humanista Dominicano y la Resolución CEN-001-2025.











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