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Justicia y transparencia se querella contra Alcalde SFM y Apela medida Coerción

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11 marzo, 2014
en Nordeste
Trajano Potentini, presidente de Justicia y Transparencia.

Trajano Potentini, presidente de Justicia y Transparencia.

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Trajano Potentini, presidente de Justicia y Transparencia.ANTE SEÑALES DE POSIBLE IMPUNIDAD Y COMPLICIDAD CON EL PODER POLÍTICO, JUSTICIA Y TRANSPARENCIA SE QUERELLA EN CONTRA DEL ALCALDE DE SAN FRANCISCO DE MACORÍS Y APELA MEDIDA DE COERCIÓN

JUSTICIA Y TRANSPARENCIA PIDE 100 MILLONES DE INDEMNIZACION A FAVOR DE SFM, PARA OBRAS MEDIANTE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

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La Fundación Justicia y Transparencia (FJT) se querelló en contra del alcalde municipal de San Francisco de Macorís y recurrió la medida de coerción, mediante la cual se le impuso garantía económica y presentación periódica, afirmando que en el caso parece haber intentos de favorecer indebidamente y de complicidad con el poder político, en beneficio del Sr. Félix Manuel Rodríguez, denotando señales preocupantes de posible impunidad, en un caso donde se imputan serios y graves hechos de corrupción.

Argumenta el abogado apoderado de la FJT, Francisco Leger Carrasco, que se trata de una medida insuficiente, que ignora decenas de documentos probatorios lícitamente obtenidos, entre ellos el informe Definitivo de la Cámara de Cuentas, que prueba la comisión de hechos gravísimos de corrupción en el ayuntamiento de San Francisco de Macorís, durante la gestión del actual alcalde Félix Manuel Rodríguez.

“Pero no solamente se trata del Informe de la Cámara de Cuentas” –sostuvo Leger Carrasco- “resulta que la graciosa medida de coerción impuesta al Sr. Félix Manuel Rodríguez le permite continuar manejando el presupuesto del Ayuntamiento, a pesar de que no habrían garantías de mantener las posibles pruebas libres de contaminación, dejándole la capacidad al alcalde de juez y parte en la acusación de hechos de corrupción cometidos durante su gestión, hechos que envuelven más de CIEN MILLONES DE PESOS”.

Para la FJT, “Tanto por el monto involucrado en el hecho como por la alarma social provocada, el juez apoderado debió haber entendido, de que no se puede actuar con condescendencias con el Alcalde de San Francisco de Macorís, porque la imputación es grave, hay pruebas suficientes y la defensa del patrimonio nacional exige tomar medidas restrictivas, contra quienes sean imputados de desfalcar el erario público”.
La revisión de la medida de coerción, que en esta nueva etapa conocería la Suprema Corte de Justicia, aduce además que el imputado originalmente se sustrajo a la acción judicial, escapando durante semanas, hasta que fue llevado al Tribunal por un grupo de políticos de notoriedad y estima públicas indudables.

En cuanto a la querella interpuesta, la FJT justificó su intervención en las facultades de control social y lucha anti-corrupción, así como en diferentes normas nacionales e internacionales, y solicitó al Juez Instructor Especial apoderado del caso una indemnización de cien millones de pesos “a favor exclusivamente de San Francisco de Macorís, para que, de haber condena contra los imputados, se distribuyan en la provincia en obras contratadas bajo la modalidad del presupuesto participativo” –dijo Leger Carrasco.

De acuerdo al comunicado, la FJT renuncia a cualquier beneficio derivado de las probables condenaciones, afirmando el jurista que “San Francisco de Macorís merece que el dinero sustraído, sea reintegrado al desarrollo local”. De acuerdo a la querella interpuesta, “la FJT no pretende ganancia económica con esta acción, sino consolidar el Estado de Derecho y lograr que se sancione la corrupción”.

Asimismo la entidad de sociedad civil que propugna por la transparencia, solicito mediante instancia motivada al consejo de regidores del ayuntamiento municipal de San Francisco de Macorís, la inmediata suspensión del alcalde en sus funciones, en atención a los dictados de la ley 176-07 sobre organización municipal, que prevé en su artículo 44 la obligación de suspender a los funcionarios municipales que estén bajo los efectos de la acción de la justicia penal, hasta tanto se establezca su inocencia o culpabilidad.

La solicitud de suspensión del alcalde tiene como propósito en el plazo de quince días, sin repuesta positiva de parte del consejo de regidores, el interponer un amparo de cumplimiento por ante el Tribunal Superior Electoral, exigiendo la inmediata suspensión en funciones del alcalde, tal y como ha sido en otros casos de jurisprudencia constante, y cito la suspensión de los alcaldes de Cabarete y la Romana.

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